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Categoría: Decretos

Decreto Nº 247/000.

Promulgación : 30/08/2000.  Publicación : 07/09/2000.

 Registro Nacional de Leyes y Decretos:

VISTO: Lo establecido por la normativa vigente respecto a la altura máxima de los vehículos para circular por rutas nacionales y al tratamiento de casos especiales  en que por las características de los vehículos o las de su carga no pueden ajustarse a aquella, así como los planteos recibidos de parte de la Intergremial de Transporte de Cargas.

RESULTANDO: I) Que en la actualidad se presenta con frecuencia creciente la solicitud de permisos especiales para el traslado de contenedores "High Cube", de mayor altura que la normalmente utilizada para ese medio de transporte de mercadería, debido al incremento en su utilización en el comercio internacional.

II) Que no existe una flota suficiente de vehículos que permita su traslado sin superar la altura máxima admitida con carácter general.

III) Que hay itinerarios para los que, en virtud de las características de la infraestructura vial, se otorgan permisos especiales para circular con determinadas precauciones, en los casos mencionados en el Resultando

CONSIDERANDO: Conveniente explorar mecanismos de facilitación para dichos casos, en la medida en que no se generan riesgos a los usuarios de las vías de tránsito.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA

Artículo 1    Autorízase con carácter experimental el transporte de contenedores "High Cube" hasta una altura máxima total de 4,40 metros, sin la necesidad de gestionar permiso especial y sin restricción de horario, exclusivamente en los itinerarios de rutas nacionales que establecerá el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

Artículo 2   El citado Ministerio evaluará los resultados de la aplicación de la medida, y la evolución del parque vehicular especializado.

Artículo 3   Comuníquese, publíquese y vuelva al Ministerio de Transporte y Obras.

Públicas a sus correspondientes efectos.

BATLLE - LUCIO CACERES.