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Categoría: Decretos

DECRETO No. 293/007.

Se modifica plazo para que los embalajes cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento Nacional sobre el transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera, aprobado por Decreto Nº 560/003.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ACTUANDO EN CONSEJO DE MINISTROS

DECRETA:

Artículo 1ro.-  Modificase el plazo previsto en el literal a), artículo 69 del Reglamento Nacional sobre el transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera, el que se extiende a UN (1) año, para que los embalajes cumplan con las exigencias que en materia de estándares de desempeño establece el referido reglamento.

Artículo 2do.-  Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte, a sus efectos.-